HB 25-1090 · en vigor desde el 1 de enero de 2026

La ley de precios honestos de Colorado: ¿es legal cada precio de tu sitio web?

Desde el 1 de enero de 2026, cualquier precio que anuncies en Colorado — en tu sitio web, menú en línea, flujo de reservas, Perfil de Empresa en Google o anuncio de renta — debe mostrar el precio TOTAL como un solo número, más prominente que cualquier otra cifra, sin dividir cargos. Y este es el detalle que casi todos pasan por alto: la divulgación debe aparecer en cada idioma que use tu anuncio. Un anuncio en español necesita, por ley, la divulgación en español.

Los hechos (leímos el texto aprobado — citas abajo)

  • El precio total — cada cargo obligatorio, como un solo número — debe divulgarse de forma clara y visible, y con más prominencia que cualquier otra información de precios. Los cargos de gobierno y el envío a costo real pueden excluirse. (C.R.S. § 6-1-737(2)(a), (1)(m))
  • En sitios web y aplicaciones, la divulgación debe ser IMPOSIBLE DE EVITAR — no detrás de un elemento que aparece al pasar el cursor, una nota al pie o un clic extra. (§ (1)(a)(V))
  • La divulgación debe aparecer en cada idioma en el que aparece el anuncio. (§ (1)(a)(VI))
  • Los cargos fuera del precio total (extras opcionales) requieren su propia divulgación antes del pago: en qué consiste el cargo, si es reembolsable y quién lo recibe. (§ (3)(b))
  • Existen puertos seguros: restaurantes que divulgan el porcentaje de su cargo por servicio obligatorio y cómo se distribuye; servicios cuyo total genuinamente no puede conocerse por adelantado, si divulgan los factores que determinan el precio y que el total puede variar. (§ (2)(b))
  • Los arrendadores tienen una lista específica de cargos prohibidos: sin sobreprecios de servicios públicos, sin cargos que suban más del 2% en un contrato de un año, sin cargos de impuesto predial, sin cargos por procesamiento de pago si no hay una opción gratuita, y la renta anunciada debe ser un solo total. (§ (4))
  • Consecuencias: cada violación es una práctica comercial engañosa bajo la Ley de Protección al Consumidor de Colorado — y los inquilinos y arrendatarios comerciales tienen un recurso de reclamación por escrito: 14 días para reembolsar y cesar, o daños reales más 18% de interés anual. No se requiere esa reclamación previa para presentar una demanda. (§ (5))

La auditoría de precios — lista para entregar

Una auditoría de tarifa fija ($595; versión para anuncios de renta desde $395): recorremos y capturamos cada superficie con precios que tengas — sitio, menús, reservas, pago, Perfil de Empresa en Google, anuncios — evaluamos cada una según la lista de verificación de la ley, incluida la prueba por idioma, y corregimos lo que controlamos bajo tu plan de mantenimiento. Bilingüe desde el diseño: si anuncias en español, también dejamos en regla tus superficies en español.

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La parte honesta

A la mayoría de los negocios pequeños le basta una tarde de ajustes para cumplir — esta es una ley de presentación, no de precios. Puedes cobrar lo que cobras; solo tienes que mostrar el número completo primero. Que un CARGO específico sea legal o no (especialmente para arrendadores) es pregunta para tu abogado — nuestra auditoría señala esos cargos, pero no responde esa pregunta. Y nuestra propia página de precios pasa esta lista de verificación; no venderíamos una auditoría que nosotros mismos no pasaríamos.

Información general cotejada con el texto aprobado en leg.colorado.gov al 12 de julio de 2026 — no es asesoría legal. Se esperan reglas del Procurador General; actualizaremos esta página cuando se publiquen.

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